En el texto adjunto se recoge la parte de la
argumentación de la SENTENCIA, que trata el tema de GRAFISTICA, en un caso en
el que el testador firmó BAJO COACCIÓN.
Su señoría valora así nuestro dictamen:
"Más allá de considerar justo o no justo,
lógico o ilógico, que el Sr. XXXXXXXXXXX dejase la vivienda familiar a una
amiga que había conocido hacía solamente 4 años cambiando su última voluntad
manifestada en testamento unos años antes (el 22 de diciembre de 2004) donde
les dejaba esa propiedad a sus hijas, hemos de poner todas esas circunstancias
acabadas de exponer con el informe grafológico emitido por el perito en
grafística, Sr. Germán-Antonio Belda que, tras un examen pormenorizado de la
firma obrante en el testamento y la obrante en otros documentos indubitados,
alcanza la conclusión de que al firmar el testamento el Sr. XXXXXXXX presentaba
cambios emocionales circunstanciales y no propios del estado habitual del Sr.
XXXXX y que estampó la firma bajo coacción o amenaza, siendo dichas
alteraciones demostrativas de la necesidad de evadirse por falta de acuerdo
entre lo que se expresa y lo que se firma, siendo indicativo de haberse
plasmado la firma bajo presión amenazante. Para ello, utiliza una metodología
que explica muy detalladamente en su informe, motivando su análisis firma por
firma, expresándose también detallada y motivadamente en el acto de juicio al
responder las preguntas que se le planteaban, con gran sentido y coherencia en
sus respuestas.
Explicó cómo, tras el análisis de las distintas
firmas del Sr. XXXXX a lo largo del tiempo, se observa como en el momento de
testar la firma obedece a una “autofalsificación”, que significa firmar de un
modo distinto para después poder negar la firma, y se observa también como tras
unas firmas (la 25, 26 y 27 de su informe) que ya empiezan a estar deterioradas
pero que mantienen la estructura de siempre, aparecen las firmas 29 y 30 que,
igual que la dubitada (la del testamento) responden a una “estructura
atormentada” por estados emocionales contrapuestos, que evidencia que la
persona está presionada o está fuera de sus capacidades mentales, optando el
perito por la adopción de la presión por el hecho de cambiar la firma en el
último momento. Hay que decir que las firmas 29 y 30 son las que el Sr. XXXXXX
estampó en la factura del Notario ese mismo día 24 de agosto de 2009 y en una
solicitud de colonoscopia tres días después. Resume el perito que observa cómo
durante 50 años se mantiene una estructura gráfica permanente y justo en el
momento de testar cambia la firma, debiéndose ese cambio radical a una
presión-coacción que le impulsa a afirmar algo que realmente no quiere.
Asociación
de Peritos Judiciales
Muy interesante este apunte, gracias por compartirlo
ResponderEliminarSería ideal tener los datos de la sentencia Gracias.
ResponderEliminarNo he podido conseguir los datos de la sentencia, ya que no es un caso que yo haya tratado. Se manejó con mucha cautela y cuidado. Realmente es una lástima no poder contar con esos datos.
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